Conozca las restricciones para los omisos al voto y a ejercer como miembro de mesa

Martes, 7 Agosto 2018 - 12:45pm

Chiclayo en Línea.- La Oficina Nacional de Procesos Electorales exhortó a los electores y miembros de mesa, entre titulares y suplentes, a cumplir con su deber cívico el próximo 7 de octubre, a fin de no tener que hacer frente a una serie de restricciones en el caso de no cumplir con su respectiva responsabilidad.

En cuanto a los electores, agregó que más de 23 millones de peruanos estarán habilitados para ejercer sus deberes y derechos democráticos. Es responsabilidad de la ciudadanía elegir adecuadamente a candidatos, a través del conocimiento de sus hojas de vida y planes de gobierno, con el objetivo de emitir un voto informado.

En el caso de miembros de mesa, aseguró que alrededor de 485 mil ciudadanos cumplirán un rol trascendental para garantizar la legitimidad de las votaciones. Los integrantes de las mesas de sufragio deberán recoger sus credenciales y capacitarse en la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) correspondiente a su distrito.

Los miembros de mesa contribuyen con el fortalecimiento de la democracia. Como parte de sus funciones cumplen con instalar la mesa de votación, conducir el sufragio y realizar el escrutinio, que comprende llenar las actas electorales con los resultados (de la mesa) y entregarlas al personal de la ONPE.

Este compromiso asegura la obtención genuina y libre de la voluntad expresada en las ánforas. La participación en procesos cívicos ratifica la decisión ciudadana de tomar las riendas del futuro a la hora de elegir nuevas autoridades, convirtiéndose en agentes de cambio.

Prohibiciones

El pago de multas se convierte en una de las principales preocupaciones para quienes –cualquiera sea la razón– no cumplan con ir a votar. Pero también es necesario saber que las sanciones no son solo pecuniarias.

Por ejemplo, el ciudadano estará imposibilitado de realizar cualquier diligencia donde tenga que presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI). No deberá contar con multas pendientes por omisión al sufragio y/o cargo de miembro de mesa.

Tampoco podrá registrar su cambio de domicilio, realizar gestiones ante notarias (transferencias vehiculares, escrituras públicas, testamentos, entre otros) o cobrar cheques.

Asimismo se encontrará impedido de realizar viajes al extranjero y sacar/revalidar el pasaporte. El ente electoral aclara que las restricciones abarcan todo tipo de trámites civiles, comerciales, administrativos y judiciales.

Las entidades correspondientes (empleados públicos y privados, notarios o escribanos) tiene la obligación de exigir las constancia de sufragio (holograma) del último proceso electoral, o dispensa sea el caso, de lo contrario serán sancionados.

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